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¿Qué onda con la música y la nueva Ley de Cultura?

Durante muchos años, las opciones de difusión para los músicos han dependido de los intereses de las disqueras.

Si usted tiene un amigo —o conocido— músico, pregúntele «¿Cuál es el mayor problema en tu gremio?». No será casualidad que le responda alguno de estos asuntos:

  • La falta de espacios —o apoyo— para que los nuevos artistas puedan presentarse en foros o auditorios.
  • Alternativas para crear festivales o conciertos que no estén administrados por «las empresas de siempre» y exista una mayor oferta de estilos musicales.
  • Mecanismos para preservar y fomentar la música tradicional —existen algunos institutos, pero no se dan abasto— de cada región del país.

Durante muchos años, las opciones de difusión para los músicos —y muchos otros artistas— han dependido de los intereses de las disqueras, las televisoras, los organizadores de conciertos —que no permiten ninguna competencia— y demás asociaciones privadas que han limitado y condicionado la oferta cultural desde los tiempos de la radio. ¿Se acuerda cómo no parecía existir otro tipo de música más que el bolero y la balada romántica? ¿O cómo años después Siempre en domingo fue un escaparate de ese monopolio?

La música tradicional, así como los artistas emergentes, tienen un gran aliado en esta ley: les permite ampararse si se les niegan espacios de participación, divulgación y preservación de sus obras.

Por fortuna, desde junio de 2017, en México contamos con una Ley General de Cultura y Derechos Culturales que, de entrada, reconoce a la cultura —y todas sus manifestaciones— como un derecho humano fundamental, con base en los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad.

¿En qué se traduce esto?

Que nosotros los ciudadanos por fin tenemos los recursos legales para señalar y exigir a los gestores culturales —sobre todo aquellos que dependen del Estado— en dónde hace falta dirigir los programas y los recursos para difundir, promover y preservar las manifestaciones culturales que la misma sociedad produce.

Foto de Everardo Sanchez en Unsplash.

El artículo tercero de esta ley, a la letra, dice: «Las manifestaciones culturales a que se refiere esta Ley son los elementos materiales e inmateriales pretéritos y actuales, inherentes a la historia, arte, tradiciones, prácticas y conocimientos que identifican a grupos, pueblos y comunidades que integran la nación, elementos que las personas, de manera individual o colectiva, reconocen como propios por el valor y significado que les aporta en términos de su identidad, formación, integridad y dignidad cultural, y a las que tienen el pleno derecho de acceder, participar, practicar y disfrutar de manera activa y creativa».

Esta ley permite que la política cultural del Estado se lleve a cabo con base en los principios de respeto a la libertad creativa, al reconocer la enorme diversidad cultural del país, la identidad y dignidad de las personas, la autonomía de los pueblos indígenas y la equidad de género.

Para más detalle, se puede consultar esta Ley dando click aquí.

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