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Morganático

Si usted oye el adjetivo morganático, ¿qué se le viene a la mente? ¿Alguien de mucha alcurnia?, ¿alguna enfermedad de la sangre?, ¿una pócima a prueba de brujas y hechiceras?

Si escuchas el adjetivo morganático, ¿qué se le viene a la mente? ¿Alguien de mucha alcurnia?, ¿alguna enfermedad de la sangre?, ¿una pócima a prueba de brujas y hechiceras?
Ayer justo me encontré con esta palabrota junto al sustantivo matrimonio —«matrimonio morganático»— en una revista de ésas que se meten en la vida de los nobles, así que decidí dilucidar su historia. Y hela aquí.
Bueno, la cosa es que la palabreja viene del bajo latín —ése que se hablaba en la Edad Media— morganatĭcum, y éste, a su vez, del vocablo latino antiguo morgan, de morgangeba —de origen alemán—, que significa «regalo matinal» —morgan, «mañana» (¿les suena el inglés morning?)— y que, junto con el sufijo latino –atĭcus, «relacionado con», terminó en este egregio vocablo.
Morganático significa algo así como «lo relacionado con el regalo que se da la mañana siguiente del día de la boda a la mujer», y proviene de una norma surgida en la sociedad germánica medieval que posteriormente se extendió a toda Europa, la cual estaba regida por un ritual especial: la mañana que seguía a la noche de bodas, el marido daba a su mujer un regalo simbólico, y ella, al recibirlo, perdía todo derecho a reclamaciones posteriores sobre las posesiones del marido, renuncia que se hacía extensiva a los hijos de ambos.
Complicado, ¿no crees? Pero no más que el hecho mismo de tomar la decisión de contraer matrimonio o convertirse en un esposo o esposa morganático, ya que no debe ser fácil que te digan «plebeya» y lo asumas así como así. Y digo «plebeya» porque en la mayoría de los casos estos matrimonios se realizan entre un noble y una mujer de condición humilde, que no al revés, y los hijos nacidos —considerados morganáticos en la práctica, pero legalmente legítimos—no son susceptibles de heredar títulos ni posesiones nobiliarias.
Este tipo de matrimonio —muy común durante la época feudal—, también se conoce como «de mano izquierda» —porque el marido le daba la mano izquierda, que no la derecha, a la mujer durante la ceremonia—. ¿Siniestro, no? O como «matrimonio sálico», de salio o salia, miembro de uno de los antiguos pueblos francos que habitaban la Germania inferior —parecido a la ley sálica, que excluye del trono a las hembras y a sus descendientes.
«No obstante los preceptos, esta forma de matrimonio no ha dejado de ser despectiva»,1 Francisco Seix, Enciclopedia jurídica española, Barcelona: 1910. y justo se puso de moda hace algún tiempo, cuando en España se casó la actual reina de España —toda una plebeya— con el ahora rey Felipe de Borbón y, para sorpresa de muchos, su matrimonio no fue considerado morganático, aunque sí el de las dos infantas. Sin embargo, el matrimonio del entonces heredero a la corona con una divorciada perteneciente a una familia plebeya de clase media baja podría considerarse «a todas luces de rango inferior» y, aun así, no lo fue, lo que nos deja ver que en todos lados «se cuecen habas».
La Pragmática Sanción de 1776, que dictó Carlos iii para evitar matrimonios en España, en América sirvió para impedir enlaces entre españoles y mestizos o indios.
Casos en la historia de matrimonios morganáticos hay muchos. Podríamos citar el de Luis xiv, el Rey Sol —quien tuviera el reinado más largo de toda la historia europea—, que un año después de la muerte de la reina María Teresa de Austria contrajo matrimonio morganático con una mujer «piadosa, pero de pasado oscuro», Françoise d’Aubigné, marquesa de Maintenon.
Ya en el siglo xx, en Inglaterra, Eduardo viii contrajo nupcias con la divorciada Wallis Simpson, matrimonio morganático que lo obligó a abdicar el mismo año al trono —1936—, el cual recayó en su hermano Jorge vi, padre de la actual Isabel ii.
En 2006, la bbc afirmó que la abdicación de Eduardo viii no fue por amor, sino por una conspiración tramada entre el primer ministro, la Iglesia y los miembros de la familia real.
Pero también podríamos citar, en España, el caso de los hermanos de don Juan de Borbón, padre del anterior rey de esa nación, Juan Carlos, que renunciaron al trono por sus correspondientes matrimonios morganáticos: don Alfonso con doña Edelmira Sampedro y don Jaime con doña Emanuela de Dampierre y Rúspoli.
No cabe duda de que cuando se contrae matrimonio, todas las condiciones deben ser congruentes. Aunque existen reglas fijas sobre la materia en las dinastías, todas ellas son susceptibles de romperse, como en el caso de España y en muchos más que no citaré, porque lo de nosotros en este artículo es la palabra, no la cuestión monárquica. Lo que sí me gustaría dejar en claro es que, si se pierde la tradición y el referente dinástico siempre que se le da la gana a algún monarca, cualquiera puede llegar a ser rey o reina; así, pues, ¿qué más da sangre azul o roja?
S3-palabrota

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