adplus-dvertising

De barraganas y similares

La situación de las barraganas en la España de hace varios siglos era peculiar.

Hace algunos años vi en la tele un melodramón mexicano de 1949, dirigido por Roberto Gavaldón y con reparto multiestelar: Dolores del Río, Roberto Cañedo y Miroslava. se llamaba La casa chica.

La película expone el dilema de un hombre con el alma dividida entre el deber y el amor: el personaje de cañedo tiene dos familias: la oficial, con su esposa —la ardida Miroslava— e hijo, y la casa chica, un departamento donde visita a la otra—la atormentada Dolores del Río—, mal vista por la sociedad al tener una relación prohibida: sin matrimonio de por medio y, para colmo de males, con un hombre casado. En fin, si esta cinta hubiera ocurrido en los siglos XIII o XIV en vez de en los años 40, se hubiera llamado La barragana o La concubina.

Etimológicamente, barragana tiene un origen incierto. Al parecer proviene del germánico y quiere decir ‘manceba’. según el diccionario etimológico de corominas, se deriva de barragán, ‘mozo, hombre joven’ y, al parecer, en femenino adquirió su tono peyorativo. Lo mismo ocurrió con mancebo —«joven de pocos años, hombre soltero»— y manceba —«concubina, mujer que vive con un hombre sin estar casada con él».

La situación de las barraganas en la España de hace varios siglos era peculiar. Había muchos hombres que vivían con una compañera, pero por diversas razones no se casaban con ella. A veces era porque simplemente no querían boda, pero también podía ocurrir que ella fuera de una clase social inferior —frecuentemente la criada— o bien —y esto era de lo más común—, que él fuera miembro del clero. En el siglo XIII, el rey Alfonso X de castilla dictó un conjunto de leyes llamadas Partidas, en las que legalizaba el estado de concubina o barragana, siempre y cuando cumpliera con varias condiciones: él tenía que ser soltero; la relación debía ser monógama; bastaba con que el hombre diera su consentimiento o imposición de este estado civil, la mujer no tenía voz ni voto; en ocasiones, la pareja podía hacer legal su unión ante una asamblea o por medio de una «carta de mancebía e compañería».

La barraganía dio cierta libertad a muchas parejas para tener una relación legal sin el vínculo del matrimonio, pero también hubo muchos que abusaron de ello, especialmente los sacerdotes; por ello, un siglo después la Iglesia católica prohibió terminantemente este tipo de concubinato, y para las mujeres que cometían ese terrible pecado se establecieron castigos como el escarnio público y la excomunión, y al morir no eran enterradas en tierra sagrada. Aun así, en la práctica pocos hicieron caso de la prohibición.

Desde entonces, se les llamó barraganas a las mujeres con pareja que no estaban casadas, y después este término se generalizó a las amantes de hombres casados. Hace mucho tiempo que el término —junto con el de manceba— cayó en desuso y se le ha sustituido con diversos apelativos, tales como la casa chica, de la que hablaba párrafos arriba; la capillita, por aquello de que la esposa o prometida es la catedral y las demás, pues, las capillitas; la concubina, que es ya un término legal; la querida o amasia, o simplemente, y pronunciado con cierto dramatismo, la otra.

Ma. Luisa Durán Almazán es periodista y conoce perfectamente el término de la casa chica, porque casi todos los hombres de su familia Almazán mantienen cuando menos a dos mujeres… con sus respectivos hijos.

Compartir en:

Twitter
Facebook
LinkedIn
Email

Deja tu comentario

Suscríbete al Newsletter de la revista Algarabía para estar al tanto de las noticias y opiniones, además de la radio, TV, el cine y la tienda.

Las más leídas en Algarabía

Scroll to Top